La Liquidación Laboral y el Cálculo de prestaciones en Panamá ¿a Qué corresponde?

La Prima de Antigüedad

Las Vacaciones Proporcionales

El Décimo Tercer Mes Proporcional

No, la Indemnización no es un Derecho Adquirido, ni una Prestación Laboral. Muchas veces puede confundirse el término o puede considerarse como parte esencial de la Liquidación Laboral. La realidad es que la Indemnización es un penalti que la Ley Laboral reconoce en favor de los trabajadores que hubiesen sido despedidos injustificadamente. Esto quiere decir que su pago está condicionado a que la terminación laboral se hubiere producido por despido, y además, no justificado de acuerdo a la ley, lo que usualmente sólo es comprobable a través de una demanda ante las Juntas de Conciliación y Decisión. Ejemplo práctico claro es que los trabajadores que renuncian a su cargo no obtienen el pago de indemnización, puesto que la terminación en estos casos proviene de la voluntad unilateral del trabajador.

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¿Y el preaviso? ¿Qué es? ¿Se debe pagar?

Hablemos ahora de las deducciones que se le aplican a la liquidación

la ley panameña establece que a los montos que se cancelan en favor del trabajador en calidad de Indemnización y prima de Antigüedad no se les aplican descuentos

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